Consulta y Paga tus Comparendos
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¿Tienes un comparendo por pagar ?
Aquí puedes resolver rápidamente tus infracciones de tránsito sin tener que hacer filas ni perder tiempo. Te ayudamos a apelar, negociar tus comparendos, sin intereses.
Diligencia los siguientes datos:
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Ventajas de pagar tus multas en línea
Comodidad
Te permite hacerlo desde la comodidad de tu hogar o cualquier lugar con acceso a internet. No necesitas desplazarte a una entidad física, lo que ahorra tiempo y esfuerzo.
Rápido y Eficiente
Las plataformas en línea suelen ofrecer un proceso de pago rápido y eficiente. Puedes completar la transacción en pocos minutos, evitando largas esperas en filas y trámites burocráticos.
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Garantizamos la privacidad y seguridad de tus datos personales y . Los sistemas de encriptación protegen tus transacciones, brindándote confianza y tranquilidad al realizar el pago.
Información Detallada
Acceso a información detallada sobre tus comparendos, incluyendo fechas de emisión, montos y descripciones de las infracciones.
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Comparendo de moto
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Tipos de infracciones y las multas que deberás pagar
Tipo de infracción | Multa que se le impone | 8 de las 12 infracciones que existen tipo A |
Infracciones Tipo A | El infractor, conductor de un vehículo no automotor, recibirá una multa de 4 salarios mínimos diarios legales vigentes. $154.700 | – No transitar por la derecha de la vía |
– Agarrarse de otro vehículo en circulación | ||
– Transportar personas o cosas que disminuyan su visibilidad e incomoden la conducción | ||
– Transitar por andenes y demás lugares destinados al tránsito de peatones | ||
– No respetar las señales de tránsito | ||
– Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos | ||
– Transitar sin dispositivos que permitan la parada inmediata o con ellos, pero en estado defectuoso | ||
– Transitar por zonas prohibidas |
Tipo de infracción | Multa que se le impone | 12 de las 23 infracciones que existen tipo B |
Infracciones Tipo B | El infractor, conductor y/o propietario de un vehículo automotor, recibirá una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes. $309.350 | – Conducir sin llevar la licencia de conducción |
– Conducir con la licencia de conducción vencida | ||
– Sin placas, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito | ||
– Con placas adulteradas o falsas | ||
– Con una sola placa o sin el permiso vigente | ||
En estos casos además serán inmovilizados: | ||
– Por no informar a la autoridad de tránsito el cambio de motor o de color del vehículo | ||
– No pagar peaje en los sitios establecidos | ||
– Conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus vidrios que obstaculicen la visibilidad | ||
– Abandonar un vehículo de servicio público con pasajeros | ||
– Lavar vehículos en vía pública, en ríos, en canales y quebradas | ||
– Llevar niños menores de diez (10) años en el asiento delantero | ||
– Utilizar radios, equipos de sonido o amplificadores a volúmenes que superen los máximos decibeles establecidos por las autoridades ambientales |
Tipo de infracción | Multa que se le impone | 20 de las 39 infracciones que existen tipo C |
Infracciones Tipo C | El infractor, conductor y/o propietario de un vehículo automotor, recibirá una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. $580.000 | – Presentar licencia de conducción adulterada o ajena (se inmovilizará el vehículo) |
– Estacionar en sitios prohibidos | ||
– No reducir la velocidad, según corresponda, cuando transite por un cruce escolar, de hospitales o terminales de pasajeros | ||
– No utilizar el cinturón de seguridad | ||
– Dejar de señalizar con las luces direccionales o mediante señales de mano, y con la debida anticipación, la maniobra de giro o cambio de carril | ||
– Transitar sin los dispositivos luminosos requeridos | ||
– Conducir con una o varias puertas abiertas | ||
– No portar el equipo de prevención y seguridad | ||
– Proveer de combustible un vehículo automotor con el motor encendido | ||
– Exceder la capacidad de pasajeros autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación | ||
– Conducir un vehículo escolar sin el permiso o los distintivos reglamentarios (será inmovilizado) | ||
– No asegurar la carga para evitar que se caigan en la vía las cosas transportadas (será inmovilizado) | ||
– Transportar carga de dimensiones superiores a las autorizadas sin cumplir con los requisitos exigidos | ||
– Impartir en vías públicas enseñanza práctica para conducir, sin estar autorizado para ello | ||
– Transitar por el carril izquierdo a velocidad que entorpezca el tránsito de los demás vehículos | ||
– Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | ||
– No atender una señal de ceda el paso | ||
– No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito | ||
– No respetar el paso de peatones que cruzan una vía en sitio permitido para ellos | ||
– Usar sistemas móviles de comunicación o teléfonos instalados en los vehículos al momento de conducir, salvo que permitan tener las manos libres |
Tipo de infracción | Multa que se le impone | 8 de las 15 infracciones que existen tipo D |
Infracciones Tipo D | El infractor, conductor y/o propietario de un vehículo automotor, recibirá una multa de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes. $1’160.000 | – Guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente (será inmovilizado) |
– Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley (será inmovilizado) | ||
– Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril | ||
– No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de ‘Pare’ o un semáforo intermitente en rojo | ||
– Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales | ||
– Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados | ||
– Conducir realizando maniobras irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas | ||
– Conducir un vehículo para transporte escolar con exceso de velocidad |
Tipo de infracción | Multa que se le impone | Infracciones tipo E |
Infracciones Tipo E | El infractor, conductor y/o propietario de un vehículo automotor, recibirá una multa de 45 salarios mínimos diarios legales vigentes. $1’740.000 | – Proveer combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordo |
– Negarse a prestar el servicio público sin causa justificada, siempre que dicha negativa cauce alteración del orden público | ||
– Transportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas como explosivos, tóxicos, radiactivos, combustibles no autorizados, etc. En estos casos se suspenderá la licencia por un año y por dos años cada vez que reincida. El vehículo será inmovilizado por un año cada vez |
Tipo de infracción | Multa que se le impone | Infracciones tipo F |
Infracciones Tipo F | Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Dependiendo del grado de alcoholemia y la reincidencia el infractor deberá pagar una multa que va entre 90 y 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv). Entre: $3’480.000 y $55’679.000 | Grado cero de alcoholemia: – Primera vez: multa de 90 smdlv – Segunda vez: multa de 135 smdlv – Tercera vez: multa de 180 smdlv |
Primer grado de embriaguez: – Primera vez: multa de 180 smdlv – Segunda vez: multa de 270 smdlv – Tercera vez: multa de 360 smdlv | ||
Segundo grado de embriaguez: – Primera vez: multa de 360 smdlv – Segunda vez: multa de 540 smdlv – Tercera vez: multa de 720 smldv | ||
Tercer grado de embriaguez: – Primera vez: multa de 720 smdlv – Segunda vez: multa de 1.080 smdlv – Tercera vez: multa de 1.440 smdlv En todos los casos se suspenderá la licencia de conducción entre uno y diez años, o si es reincidente se le cancelará. También se inmovilizará el vehículo entre uno y 20 días. El infractor deberá realizar acciones comunitarias de prevención. |